Cómo nuestra defensa permite reclamar tu dinero a Hacienda.

Un cliente tenía deudas con hacienda y la seguridad social, las cuales eran cantidades elevadas. Hacienda realizaba mensualmente embargos de las cuentas bancarias del cliente para cobrarse la deuda. Estos embargos excedían el límite permitido por la Ley, ya que en España, ni hacienda, seguridad social, ni otros acreedores pueden embargar nóminas, pensiones y salarios por encima del salario mínimo interprofesional (SMI).
El SMI en España está estipulado en la ley y fija un límite mensual de 1.080 euros/mes en 14 pagas, o 1.260 euros/mes en 12 pagas. Aunque nuestro cliente superaba estas cantidades por un margen muy pequeño, no implica que deban cobrarse en su totalidad. La ley establece tablas que determinan los porcentajes embargables de lo que excede el SMI, progresivamente según los ingresos adicionales.
En el caso del cliente, que recibía dos pensiones (viudedad y jubilación), la suma superaba ligeramente el SMI. Hacienda no embargó directamente los sueldos y salarios, sino que solicitó el embargo de las cuentas corrientes. Esto llevaba a que, tras el cobro de la pensión, el banco bloqueara de inmediato las cuentas del cliente, impidiéndole retirar el dinero necesario para sus necesidades vitales.
A pesar de las cartas de reclamación de hacienda, el cliente impugnó la situación y, tras un breve proceso, logró recuperar el dinero de las pensiones y los intereses legales por el tiempo en que no pudo disponer de su dinero. Lo mismo ocurrió con las deudas de la Seguridad Social, ya que ambas instituciones deben respetar la regla de no embargar por debajo del SMI.